INTRODUCCIÓN
El Código de Ética de CIUDADANOS POR EL RIÓ ATOYAC A.C., describe los principios y valores que rigen su gestión cotidiana, respetando los valores, la ética y el compromiso establecido desde su inicio y con el propósito de mantener su esencia ciudadana.
En este código se establece de manera detallada el clima ético que se aspira alcanzar fomentando la participación y conciencia sociales de la población en materia de cuidado de los recursos hídricos mediante una visón holística que abarca diversos sectores como lo son el cietífico, educativo, empresarial, etc.
Esta Asociación busca convertirse en referente en los temas relacionados con el agua en los ámbitos sociales, comunitarios y educativos en el país, promoviendo los valores de la institución.
De esta manera, contribuiremos a consolidar la gestión ética, no sólo dentro de la Asociación, sino también fuera de ella, para lograr una comunidad cada vez más integrada y participativa con la causa con la cual estamos comprometidos.
¿QUIÉN DEBE CUMPLIR CON ESTE CÓDIGO?
Todos los asociados, empleados, aliados, contratistas y proveedores (en adelante LOS COLABORADORES) de CIUDADANOS POR EL RÍO ATOYAC. En virtud de lo anterior, LOS COLABORADORES deberán manifestar su
aceptación al cumplimiento del Código de Ética en los negocios en cada uno de los documentos legales que suscriba.
¿CUÁLES SON LOS CANALES DE REPORTES RELACIONADOS CON LA GESTIÓN ÉTICA Y CONFLICTO DE INTERESES DE LA ASOCIACIÓN?
• Director de Comité: Como directo responsable de los procesos del área a su cargo, está obligado a escucharlo, brindarle orientación y atender sus inquietudes con agilidad.
• Declaración personal de conflictos: Este documento hace del conocimiento de la asociación una situación particular frente a conflictos de intereses, actuales o potenciales.
• Denuncia de conflicto de interés: Medio por el cual, cualquiera de los COLABORADORES de la Asociación puede pedir al Comité de Ética* que resuelva temas dentro de su ámbito de comptencia.
*Se propone su conformación por Presidente, Secretario y Tesorero de la Asociación y el Director del Comité Jurídico; así como un miembro de cada uno de los comités, que será nombrado por un periodo de dos años. En caso de que el representante seala persona sujeta a un proceso derivado de un hecho con apariencia de falta a este Código, el mismo no tendrá derecho a voz ni voto en la discuaión de su caso, salvo para presentar elemetnos probatorios de defensa.
¿CUÁLES SON LOS DEBERES ÉTICOS DE LOS COLABORADORES DE CIUDADANOS POR EL RÍO ATOYAC?
Esperamos de nuestros COLABORADORES el mayores esfuerzo para garantizar que siempre y en todo lugar sobrepongan los principios y valores de la Asociación por encima de los intereses personales o de terceros. En este sentido, es su responsabilidad, de manera enunciativa más no limitativa:
• Gestionar sus compromisos con altos estándares éticos, transparencia, rectitud y responsabilidad, cuidando el buen nombre
de la Asociación.
• No utilizar el nombre de la Asociación en eventos a los que acudan a título personal, en el entendido de que únicamente podrán
ostentarse como miembros de Ciudadanos por el Río Atoyac en eventos donde la Asociacion haya sido convocada y/o que se haya aprobado la asistencia y participación correspondiente.
• Hacer uso diligente, cuidadoso y razonable de los recursos de capital que le han sido confiados.
• Contribuir honradamente al logro de las metas. • Entregar información confiable y veraz.
• Actuar con respeto, buscando en todo momento que las relaciones interpersonales e institucionales se basen en el buen trato,
valorando la pluralidad y la diversidad.
• Actuar de manera responsable, correcta, firme y coherente, guiados por nuestros principios éticos y siempre priorizando los intereses colectivos sobrete los intereses personales.
• Coadyuvar al desarrollo de soluciones oportunas para alcanzar metas comunes.
• Trabajar con disciplina y dedicación para generar resultados que impacten de forma positiva a la comunidad.
• Generar aprendizajes para mantener la calidad del trabajo de la Asociación.
• Personificar los principios y valores de la Asociación.
• Ser íntegro en todo momento, lugar y circunstancia; orientar a los COLABORADORES mediante el ejemplo en las actividades de la Asociación.
• Establecer relaciones basadas en el respeto y la confianza con los COLABORADORES.
• Tener en cuenta que la Asociación rechaza todas las formas de acoso en el trabajo que pudiera atentar contra la dignidad y el respeto debido a los COLABORADORES.
• Promover el mejoramiento permanentemente del desempeño individual y grupal, teniendo en cuenta el cumplimiento de este
Código, los valores, la cultura organizacional y las normas legales aplicables.
• Al contratar bienes y servicios, elegir proveedores que observen los mandatos de la legislación laboral, de los derechos humanos en el trabajo, de protección al medio ambiente y, en general, de la Ley.
• Evitar las conductas tendientes a obtener ventaja o provecho indebido para él mismo, sus familiares o allegados.
• Ser coherentes con los principios de no exclusión y no discriminación por razón de raza, nacionalidad, sexo, religión,
credo, edad, filiación política, procedencia, clase social, apariencia física, forma de vestir, limitaciones físicas o de salud.
• Hacer uso de los activos de la Asociación de manera responsable y
de acuerdo con sus responsabilidades y funciones. Son considerados activos: dinero, equipos, materias primas e insumos,
productos, tiempo de trabajo y el fruto de este, sistemas de información, teléfonos y otros medios de comunicación,
computadores y demás herramientas informáticas, vehículos, información confidencial o privilegiada, marcas, patentes y demás
registros comerciales, y en general, todos los derechos de propiedad intelectual.
• El hurto, la destrucción, la sustracción de equipos o información de la empresa, o el desfalco y la información falsa dada intencionalmente, el utilizar el nombre o información de la asociación para obtener beneficios personales ya sea económicos o profesionales, son infracciones graves que ameritan la expulsión o el cese de contrato con el colaborador que incurra en dicha conducta.
• Los productos y resultados finales que se generen con la suscripción de contratos, así como la metodología utilizada para su obtención, no deberán violar ninguna patente, ni propiedad intelectual.
• En el evento de suscribir documentos jurídicos vinculantes con entidades multilaterales que así lo exijan sus políticas, los derechos patrimoniales de autor pertenecerán a estas entidades.
• La información de la Asociación no es de uso público, esto incluye los documentos jurídicos, las especificaciones técnicas y toda aquella relacionada con los colaboradores, por esta razón se debe proteger. Por ello, la información a la que se tenga acceso en calidad de COLABORADOR es propiedad de CIUDADANOS POR EL RÍO ATOYAC A.C., considerando en todo momento las normas relativas a la propiedad intelectual e industrial aplicables y, estableciendo que en todo momento, la responsabilidad por el uso de esta subsiste, aun cuando la relación con la Asociación haya terminado.
• En caso de que le sea ofrecido cualquier tipo de compensación, cuando sea invitado a dictar una charla o hacer una presentación como parte de sus responsabilidades con la Asociacion, se deberá informar al Comité de Ética y obtener la autorización previa para aceptar dicha compensación.
• No está permitido dar y recibir pagos para obtener ventajas, influir en una decisión o acelerar un trámite, aun en el evento en que la decisión represente un interés o derecho legítimo de la Asociación. Cualquier duda acerca del carácter de un pago debe ser reportada al Comité de Ética, para que se le dé la autorización previa correspondiente.
• Cualquier donación o patrocinio, debe ser transparente y ajustado a la ley y debe reflejarse en la contabilidad. Se debe asegurar que no sea utilizado para dar ventaja comercial impropia o acto de corrupción.
• Se considera como un acto de corrupción cualquier comportamiento ilegal que realicen los colaboradores, con el fin de obtener
beneficios en nombre propio o de otros. Por esto, no está permitido dar, ofrecer, prometer o recibir, de manera directa o indirecta:
sumas de dinero, objetos de valor, o cualquier beneficio o utilidad a cambio de que algún servidor público o privado realice, omita o retarde cualquier acto relacionado con sus funciones y en relación con un negocio o transacción nacional o internacional. Tampoco debe aceptar, ocultar o patrocinar ningún acto que pueda considerarse una violación a la ley.
• Establecer relaciones serias, íntegras y profesionales con los representantes de las entidades oficiales, para crear vínculos en
asuntos relacionados con la causa de la Asociación.
• En materia de participación política, la Asociación trabajará en todo momento de la mano de las autoridades, pero no para las
autoridades. Somos respetuosos de los proceso democráticos, las estructuras políticas y administrativas, así como de sus autoridades.
• CIUDADANOS POR EL RÍO ATOYAC, no participa de manera alguna en actividades políticas, ni apoya ningún partido o movimiento político en las candidaturas a argos de elección popular. Se respetará el derecho fundamental de los colaboradores a pertenecer o no a partidos políticos, al voto y a participar activamente en política. Sin embargo, si ello interfiere con su objetividad y compromiso con las actividades y valores de la Asociación, deberá informar por escrito al Comité de Ética, para que éste pueda verificar si se presenta algún conflicto de intereses entre la asociación y actividades políticas, para que pueda resolver la situación oportunamente.
• En caso de resultar elegido para ocupar cargos públicos, se deberá reportar inmediatamente este hecho al Comité de Ética, para que se puedan salvaguardar el trabajo en la Asociación y el ejercicio de sus responsabilidades en el sector público.
• Si un colaborador observa un comportamiento que le preocupe o que represente una violación del Código de Ética, debe reportarlo lo antes posible al Comité de Ética para que se pueda corregir el problema oportunamente y evitar que se viole la ley o se genere un riesgo para la salud, la seguridad y el buen nombre de la Asociacion.
• En todo momento se mantendrá discresión sobre la identidad de quién genere los reportes si así se solicita, salvo si es absolutamente necesaria darla a conocer a las personas encargadas de resolver el problema para la debida atención del mismo.
• Los colaboradores podrán incurrir en conflicto de interés también por interpuesta persona cuando además de lo expuesto
previamente, la Asociación celebre operaciones con alguna de las siguientes personas:
a) El cónyuge o compañero permanente del colaborador, o las
personas con análoga relación de afectividad.
b) Los ascendientes, descendientes y hermanos del colaborador
o del cónyuge del mismo.
c) Los cónyuges de los ascendientes, de los descendientes y de
los hermanos del colaborador o del cónyuge del mismo.
• Cuando por cualquier circunstancia el contenido del Código de Ética sufra alguna modificación relevante, deberá ser firmada por todos los colaboradores, los aliados, contratistas y proveedores con
mayor representatividad.
La ética de la Asociación es responsabilidad de todos sus integrantes, sin embargo las decisiones estará a cargo del Comité de Ética que se conformará por por el Presidente, Secretario y Tesorero de la
Asociación, así como por el Director del Comité Jurídico como miembros permanentes. De igual manera formarán parte un miembro de cada uno de los comités, que será nombrado por un periodo de dos años. En caso de que el representante sea la persona sujeta a un proceso derivado de un hecho con apariencia de falta a este Código, el mismo no tendrá derecho a voz ni voto en la discuaión de su caso, salvo para presentar elemetnos probatorios de defensa.